Modelo 151 — La declaración de la renta bajo la Ley Beckham
Si estás acogido al régimen especial de impatriados (art. 93 LIRPF), no presentas el Modelo 100 ordinario. Presentas el Modelo 151, que es el formulario específico del IRNR para impatriados. El plazo es el mismo: hasta el 30 de junio de 2026.
¿Qué declara el Modelo 151?
El Modelo 151 declara únicamente las rentas de fuente española:
- Rendimientos del trabajo: salario de empresa española al tipo fijo del 24% hasta 600.000 €
- Rendimientos del capital mobiliario de fuente española: dividendos de empresas españolas, intereses de cuentas en España
- Ganancias patrimoniales de fuente española: ventas de inmuebles en España, fondos de inversión españoles
- Rentas del trabajo del exceso de 600.000 €: al tipo del 47%
Las rentas del trabajo de fuente extranjera (cliente extranjero, empresa no residente) están generalmente exentas bajo el régimen Beckham y no se declaran en el Modelo 151.
Diferencias clave: Modelo 100 vs Modelo 151
| Aspecto | Modelo 100 (residente ordinario) | Modelo 151 (Beckham) |
|---|---|---|
| Tipo impositivo trabajo | 19%–47% progresivo | 24% fijo hasta 600.000 € |
| Renta mundial | Sí, tributa toda | No, solo fuente española |
| Patrimonio (Impuesto) | Patrimonio mundial | Solo activos en España |
| Modelo 720 | Obligatorio si >50.000 € | No obligatorio |
| Deducciones autonómicas | Sí aplican | No aplican |
¿Qué pasa si presento el Modelo 100 por error?
Si presentas el Modelo 100 estando bajo el régimen Beckham, estarás declarando rentas que no debes incluir (renta mundial) y calculando un tipo incorrecto. Hacienda puede requerir la regularización. Lo correcto es siempre el Modelo 151 durante los años en que el régimen esté activo.
Plazo y proceso
- El Modelo 151 se presenta del 8 de abril al 30 de junio de 2026 — mismo plazo que el Modelo 100
- Se presenta exclusivamente en papel o por vía telemática en la Sede Electrónica de la AEAT
- Si el resultado es a ingresar, puedes solicitar el pago en dos plazos (60% al presentar, 40% en noviembre)
¿Cuántos años me quedan de régimen Beckham?
El régimen dura el año de llegada más los 5 siguientes — 6 años en total. Si llegaste en 2022, el último año del régimen es 2027. Si llegaste en 2024, el último es 2029. Cuando el régimen expire, tributarás como residente ordinario con Modelo 100 y renta mundial. La planificación de la salida del régimen es importante para minimizar el impacto.
Presentar el Modelo 151 correctamente es más complejo que el Modelo 100 porque requiere identificar qué rentas son de fuente española y cuáles no, aplicar correctamente los convenios de doble imposición y calcular la retención del pagador. Un error puede resultar en una regularización con intereses.
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